domingo 28 de mayo de 2023 - Edición Nº1635

Política | 19 jun 2020

Alivio

Prohíben el corte de servicios por falta de pago

El Boletín Oficial exhibe que la medida regirá hasta fin de año.


El Gobierno volvió a prorrogar hasta fin de año la prohibición para las empresas de cortar servicios por falta de pago, en el marco de la extensión del plazo del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto para contener la pandemia de coronavirus.

Según la resolución que exhibe el Boletín Oficial: “Las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta seis (6) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. Quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso”.

El decreto también prorrogó por 180 días la facultad del Ejecutivo de mantener las actuales tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de negociación para actualizar sus precios.

Recordemos que el pasado 25 de marzo, el Gobierno había dispuesto la suspensión temporaria del corte de suministro de “servicios que resultan centrales para el desarrollo de la vida diaria, y aún más en el actual estado de aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

La iniciativa busca “garantizar –en el marco de esta emergencia– el acceso a esos servicios, los que constituyen medios instrumentales para el ejercicio de derechos fundamentales (tales como a la salud, a la educación o la alimentación) para nuestros ciudadanos y ciudadanas”.

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