La conducción de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires difundió un comunicado institucional tras la cumbre de presidentes de bloques convocada para responder al despacho del juez de Garantías Guillermo Atencio.
La presentación del magistrado platense ante la UFI N° 11 sugería la comisión del delito de encubrimiento (Artículo 277 del Código Penal) tras el archivo de un expediente con requerimientos judiciales.
A través del documento de cinco puntos, el cuerpo legislativo articuló una estrategia de defensa fundamentada en cuestiones procesales, temporales y constitucionales, buscando frenar la embestida del Fuero Penal de La Plata.
1. Extemporaneidad del requerimiento y archivo previo
La Cámara precisó que el archivo administrativo del expediente —previsto en el reglamento interno desde 2002— fue votado por más de dos tercios del recinto el 28 de mayo de 2026, mientras que el pedido formal del juzgado ingresó el 19 de agosto de 2026. Se argumentó que "de ningún modo se incurrió en un ocultamiento de pruebas porque dicho requerimiento todavía no existía", remarcando la publicidad de la sesión y el registro en vivo del debate.
2. Desvinculación de la causa "Chocolate" Rigau
El escrito diferenció las actuaciones judiciales objeto de controversia:
Causa Rodríguez (PP-06-00-047539-23/01): Expediente sobre el cual recayó el archivo administrativo, vinculado a un hecho puntual de hurto (Art. 162 CP).
Causa Julio Rigau (PP-06-00-047539-23/00): La Cámara enfatizó que en este expediente se aportó toda la documentación requerida, la causa fue elevada a juicio oral y existen imputados con prisión preventiva, descartando un patrón institucional de obstrucción probatoria.
3. Blindaje constitucional del voto (Art. 96 C.P.B.A.)
Diputados ratificó el uso de las inmunidades parlamentarias frente a la pretensión de imputar penalmente a los legisladores.
4. Límites a la división de poderes y al uso abusivo de facultades
El documento abordó el equilibrio de contrapesos entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo, advirtiendo que los mecanismos de control "no pueden ser utilizados de manera abusiva para condicionar, limitar o inhibir el funcionamiento de otro poder", aunque concedió que ninguna atribución propia puede utilizarse "para autoprotegerse ni para impedir investigaciones".
5. Antecedentes de colaboración con la Justicia
Finalmente, la declaración recordó que históricamente la Legislatura bonaerense ha permitido el avance de investigaciones penales en su sede institucional hasta la instancia de sentencia firme, descartando la hipótesis de un enclave de impunidad.