miércoles 17 de junio de 2026 - Edición Nº2751

Política | 17 jun 2026

Polémica judicial

El Tribunal que encarceló a Cristina “molesto” por los actos en San José 1111

El juez Rodrigo Giménez Uriburu intimó a la expresidenta por haber participado activamente en el despliegue de una bandera desde el balcón de su departamento de San José 1111 durante una marcha militante.


La situación procesal de la expresidenta de la Nación sumó un componente de extrema tensión judicial. El Tribunal Oral Federal que la condenó a seis años de prisión emitió una dura advertencia formal a raíz de un episodio ocurrido durante una movilización militante frente a su residencia en la Ciudad de Buenos Aires.

El juez Rodrigo Giménez Uriburu dictaminó de forma taxativa que el despliegue de una bandera gigante amarrada entre su balcón y un edificio lindero configuró un potencial incumplimiento de las estrictas condiciones regulatorias establecidas para el mantenimiento de su beneficio de prisión domiciliaria.

El incidente bajo la lupa judicial ocurrió en el marco de una convocatoria organizada por sectores del kirchnerismo duro para conmemorar el primer año desde que la exmandataria comenzó a cumplir su condena efectiva.

El acto político, que contó con la participación activa de la intendenta de Quilmes y referente camporista, Mayra Mendoza, incluyó el montaje de una enorme bandera cruzada sobre la calle pública con la leyenda política “De San José 1111 a la Rosada”.

Participación directa y riesgos en la vía pública

En los fundamentos de la resolución judicial, el magistrado Giménez Uriburu determinó que Cristina Kirchner no tuvo un rol meramente pasivo ante la manifestación, sino una participación directa en la colocación de la bandera al autorizar y utilizar el balcón de su propia vivienda como punto de apoyo logístico para tensar la estructura.

El juez diferenció este hecho de otras concentraciones previas en las inmediaciones del edificio, remarcando que en esta oportunidad existió una intervención activa de la condenada que generó riesgos operativos y molestias evidentes para el entorno urbano.

Intimación y amenaza de traslado a un penal

Hacia el cierre del escrito, Giménez Uriburu intimó formalmente a la exjefa de Estado a abstenerse de promover o consentir nuevas situaciones de similares características en su domicilio de San José 1111.

El apercibimiento judicial incluyó la advertencia más severa contemplada por el código de ejecución penal: ante la constatación de futuros incumplimientos o provocaciones que vulneren el reglamento, el Tribunal procederá de forma inmediata a revocar el beneficio de la prisión domiciliaria y ordenar su traslado a un establecimiento penitenciario ordinario.

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