miércoles 14 de mayo de 2025 - Edición Nº2352

Gremiales | 9 may 2025

Nueva discusión

Alejado de los gremios, Milei fijó el Salario mínimo por decreto

Ante la falta de consenso entre empresarios y trabajadores en el Consejo del Salario, el Gobierno nacional estableció por decreto los nuevos valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en tramos hasta agosto de 2025.


El Gobierno nacional fijó por decreto los nuevos montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y los valores mínimos y máximos para la prestación por desempleo. La decisión se tomó luego de que el Consejo del Salario Mínimo, reunido el pasado 29 de abril, no lograra alcanzar un acuerdo entre los representantes de los empresarios y los trabajadores.

Mediante la Resolución 5/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, se establecieron los nuevos valores del SMVM, que se aplicarán de forma escalonada a todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y entidades del Estado empleadoras. Quedan excluidas las asignaciones familiares.

Los nuevos montos son los siguientes:

  • A partir del 1° de abril de 2025: $302.600 para trabajadores mensualizados a jornada completa y $1.513 por hora para trabajadores jornalizados.
  • A partir del 1° de mayo de 2025: $308.200 para mensualizados y $1.541 por hora para jornalizados.
  • A partir del 1° de junio de 2025: $313.400 para mensualizados y $1.567 por hora para jornalizados.
  • A partir del 1° de julio de 2025: $317.800 para mensualizados y $1.589 por hora para jornalizados.
  • A partir del 1° de agosto de 2025: $322.000 para mensualizados y $1.610 por hora para jornalizados.

En cuanto a la Prestación por Desempleo, la resolución indica que se mantendrá la fórmula previamente establecida. El monto será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos seis meses trabajados antes del cese del contrato.

Asimismo, se dispuso que la prestación mensual por desempleo no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superar el 100% del mismo. Esta medida busca garantizar un piso y un techo para la ayuda a quienes pierden su empleo.

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