domingo 16 de junio de 2024 - Edición Nº2020

Provincia | 2 oct 2023

¿Cómo funciona?

Entró en vigencia el sistema que actualiza las jubilaciones del IPS

Desde el organismo previsional dijeron que el sistema "viene a subsanar un histórico reclamo del segmento de personas jubiladas y pensionadas con cargos de extraña jurisdicción". 


El Instituto de Previsión Social informó que entró en vigencia el Decreto N° 1754/23  que garantiza la movilidad en sus haberes para aquellas personas jubiladas con cargos de extraña  jurisdicción. 

De esta manera, el IPS trasladará de forma automática los aumentos que se produzcan en los sueldos del personal en actividad de la Administración Pública Provincial, Ley 10.430, según índice CoPA.

El mecanismo de movilidad jubilatoria automática, que comenzó a aplicarse desde el 1° de octubre, y que se verá reflejado con los haberes de noviembre,  viene a subsanar un histórico reclamo del segmento de personas jubiladas y pensionadas con cargos de extraña jurisdicción. 

¿Qué dice el Decreto?

El Decreto 1754/23 establece que el Coeficiente Previsional de actualización (CoPa)  sea la herramienta para garantizar la movilidad jubilatoria a todos los beneficios en los cuales no es posible aplicar el procedimiento de correlación de cargos.

La medida incluye aquellas prestaciones cuyo cargo regulatorio, principal o simultáneo, resulta ser de extraña jurisdicción. 

Según el documento, los cargos de extraña jurisdicción pasarán en forma progresiva a ser recodificados, de manera tal que la actualización de sus haberes comenzará a ser automática a partir de las actualizaciones que dicte el CoPA.

De esta forma, las personas beneficiarias ya no deberán recurrir a su empleador y luego al IPS para confeccionar y hacer entrega del formulario E-190 para actualizar sus haberes.

Tampoco ocurrirán dilaciones en la actualización de sus haberes, cumpliendo con uno de los pilares fundamentales del  sistema de previsión social de la provincia: la movilidad de oficio y automática.

Atención

El organismo previsional aclaró que las personas que ya tenían un turno previo al 1° de octubre podrán continuar con el mismo para presentar sus actualizaciones de haberes. Cabe destacar que las personas alcanzadas por esta norma tendrán derecho a solicitar actualizaciones anteriores a la fecha antes mencionada mediante turno previo. 

A su vez, es importante aclarar que quedan exceptuados todos aquellos beneficios que se encuentren alcanzados por un convenio con la entidad empleadora.

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