lunes 09 de diciembre de 2024 - Edición Nº2196

Política | 5 abr 2023

Clima expectante

¿Ley de Alquileres sin efecto?: El Gobierno busca alternativas para reemplazarla

La incógnita se posa se posa en la forma que adoptarían para dejarla: Si es una modificación, una suspensión, una derogación. "Puede que no sea por vía legislativa"; y es esta última la que toma relevancia.


El Gobierno estudia la posibilidad de suspender la aplicación de la Ley 27.551 de alquileres. Los rumores llegaron después de un almuerzo que compartió el presidente, Alberto Fernández, y el ministro de Economía, Sergio Massa. 

Recordemos que la normativa fue votada por la Cámara baja en noviembre de 2019, convertida en ley por el Senado en junio de 2020 y entró en vigencia en julio de 2020.

Durante el cónclave, trascendió que el jefe de Estado y el titular de la catera de Hacienda acordó dar de baja la controvertida ley de alquileres que fija nuevas reglas como tres años de contrato y ajuste por inflación y variación salarial, en un contexto inflacionario que generó por igual quejas de inquilinos y propietarios. Sin embargo, el anuncio oficial no llegó.

La incógnita se posa en la forma que adoptarían para dejarla sin efecto: Si es una modificación, una suspensión, una derogación. "Puede que no sea por vía legislativa"; y es esta última la que toma relevancia.

La opción de saltar la vía legislativa y hacerlo por decreto significaría un "pésimo antecedente" aseguran fuentes del Congreso recordando cuando el ex Presidente Mauricio Macri derogó la Ley de Medios por esta vía.

"Para derogarla se necesita una ley de derogación, porque un decreto sería inconstitucional. Si mandan una ley de derogación es probable que se vote porque los números dan, pero generaría una interna en el Frente de Todos por una ley que en los hechos no se controla y se aplica poco", analizan desde adentro del Congreso.

Si es por vía legislativa, se puede derogar o modificar a través de una ley de derogación. En el caso de derogarla, significaría que los alquileres vuelvan a regirse de acuerdo a la legislación anterior, que corresponden al Código Civil y Comercial. Es que la ley 27.551 particulariza algunos de los artículos del Código Civil, porque no existía previamente una ley específica de alquileres. 

Bajo ese panorama, significaría dar marcha atrás con los cambios más importantes que introdujo la ley: El alargamiento de los contratos de dos a tres años, la actualización de los valores cada un año (normalmente eran cada seis meses) y a través de una fórmula conformada en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración promedio de los trabajadores del sector privado formal (Ripte), elaborado y publicado por el Banco Central.
Recordemos que as modificaciones propuestas con dictamen actual son dos, una del Frente de Todos y otra de Juntos por el Cambio y el Interbloque Federal. En términos generales, el proyecto del Frente de Todos propone mantener los puntos medulares del proyecto y agrega un incentivo fiscal para aumentar la oferta. 

Además, aclara que los inmuebles destinados a alquiler no estarán alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales y modifica el régimen para beneficiar monotributistas que tienen propiedades en alquiler (no entrarán en el régimen general por alquilar más de tres propiedades). La otra propuesta, en cambio, apunta  a  bajar de tres a dos años la duración de los contratos, y también acelerar las actualizaciones anuales a seis meses. 

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