

El Gobierno nacional, declaró la emergencia agropecuaria en varios municipios bonaerenses afectados por la sequía. La medida quedó expuesta en la resolución 56/2023 publicada en el Boletín Oficial.
Entre los beneficiarios se encuentran los distritos de San Pedro, Arrecifes y Suipacha, que tendrán la ayuda desde el 1° de junio de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Mientras que los municipios de Rojas, Ramallo, Alberti, Lobos, San Vicente y Magdalena, contarán con esos beneficios por el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre.
Por su parte, los productores de Salto se verán beneficiados con el estado de emergencia y/o desastre agropecuario desde el 1 de septiembre de 2022 a fin del año pasado.
En tanto, Junín, Dolores y Chascomús tendrán el beneficio, pero desde el 1 de julio pasado y hasta el 31 de diciembre. En el caso de Tordillo el período, va del 1 de enero del año pasado, hasta el 30 de junio.
Asimismo, en otra resolución, la 55/2023, se declaró el estado de emergencia, de forma retroactiva, del 1 de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022 a las explotaciones agropecuarias afectadas por inundaciones del partido de Hipólito Yrigoyen.
Por el mismo motivo, aunque por el periodo del 1 de abril de 2022 hasta el 30 de septiembre de dicho año, se declaró la emergencia en Pehuajó y Bolívar y en algunas circunscripciones de Carlos Casares. Además, del 1 de enero de 2022 hasta el 31 de marzo de 2022 el benefició corresponde a los afectados en el partido de General Villegas.
Los productores deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
En tal sentido, los gobiernos provinciales remitirán a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.
Entre algunos de los beneficios a los que accederán los productores serán la prórroga del vencimiento del pago de los impuestos que graven el patrimonio, los capitales, o las Ganancias de las explotaciones afectadas.
Para finalizar, cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda podrá deducirse en el balance impositivo de Ganancias, el 100% de los beneficios derivados de tales ventas.