viernes 13 de diciembre de 2024 - Edición Nº2200

Legislativas | 28 sep 2022

Iniciativa

Senado bonaerense: Se aprobó la ley de pirotecnia cero

La iniciativa prohíbe el uso de artículos de pirotecnia en todo el territorio provincial para proteger la salud de la población, y también establece diferentes tipos de multas por infracción.


 

El Senado de la provincia de Buenos Aires aprobó por unanimidad y giró a Cámara baja el proyecto de ley de pirotecnia cero que busca prohibir el uso de “artículos de pirotecnia de alto impacto sonoro” en todo el territorio bonaerense para “proteger la salud de la población de sus efectos audibles, fumígenos, químicos y físicos”.

La iniciativa prohíbe en el artículo 3° la “comercialización, la venta al público mayorista o minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”.

Además, introduce una regulación para los actos oficiales al prohibir “la adquisición y uso por parte del sector público provincial, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, sea de bajo o alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.

Durante el paso de la ley de pirotecnia cero por la comisión de Comercio Interior, Pequeña y Media empresa y Turismo del Senado, la legisladora de Juntos, Flavia Delmonte, detalló que “escuchamos mucho a los expositores y receptamos sus aportes. Teníamos la responsabilidad de llegar a los consensos para confeccionar el mejor proyecto y una ley que sea aplicable, algo que es fundamental, y lo logramos”.

Cabe destacar que la ley excluye de la prohibición a los “artificios de uso práctico” que se emplean en ferrocarriles, en transportes terrestres y aéreos, en sectores agropecuarios o industriales, en la navegación marítima y fluvial, y en las fuerzas de seguridad. También los que se manipulan en casos de localización de personas, sistemas de seguridad, detección de incendios y emergencias, entre otros.

En detalle

Por otro lado, la ley de pirotecnia cero establece “multas de entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la provincia de Buenos Aires” para las personas físicas.

Asimismo, prevé clausuras de entre cinco a diez días a los comerciantes que vendan “en forma mayorista o minorista” artificios o cohetería. El dinero recaudado irá para campañas de concientización y capacitaciones para el personal de control.

Vale aclarar que durante el tratamiento del proyecto fueron varias las Ong’s de derechos de las personas con condiciones del espectro autista, referentes en la temática y niños con TEA que respaldaron la iniciativa en la comisión de Legislación General del Senado bonaerense.

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