

El Gobierno bonaerense, escucho a los trabajadores de la Salud y presentó, el Proyecto “Ley de Excepción” que permitirá la incorporación de licenciados en Organización y Asistencia de Quirófanos y licenciados en Educación para la Salud bajo el régimen de la Ley N° 10.471 y el pase automático de licenciados en enfermería, así como otras disciplinas.
Esta medida, reconoce una lucha histórica de los gremios de la Salud, donde pasan desde la Ley 10430 (empleo público) a la Ley 10471 (carrera hospitalaria), reconociendo y jerarquizando la tarea que realizan todos los días en los hospitales y centros de salud diversos profesionales.
Cabe destacar que la iniciativa se suma a la cláusula de revisión paritaria para los estatales de la Ley 10.430, en donde se acordó aumentar un 10% más en septiembre a lo pactado originalmente (14%), lo que dejaría un total de 24% a cobrar en el mes de octubre.
En este marco, el ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak se refirió a la reforma y sostuvo que “no hay explicación ni motivo por el cual se pueda reconocer a un licenciado en Instrumentación Quirúrgica, en Obstetricia, Psicología y no a un licenciado o licenciada en Enfermería. Es una discriminación a un sector que es quizás la columna vertebral del sistema hospitalario”.
Y agregó: “Lo que presentamos hoy es una excepción administrativa para evitar que los enfermeros necesiten concursar y buscar una nueva planta cuando ya están realizando tareas de cuidados dentro del sistema”, detalló el sanitarista. De esta manera, los y las profesionales que ya estén ejerciendo y se reciban de licenciados se jerarquizarán directamente.
Participamos de la presentación del proyecto para modificar la Ley 10471 e incorporar de manera excepcional a profesionales de organización y asistencia de quirófanos y a las y los licenciados en educación para la salud, gran parte enfermeros, a la carrera hospitalaria👇🏾 pic.twitter.com/5PI8r2b6uV
— Nicolás Kreplak (@nkreplak) September 21, 2022
El pase a la Ley 10471 será automático, permanente, con carácter de excepción y por única vez, incluyendo a los profesionales universitarios y/o terciarios que reúnan las siguientes características: estabilidad en el régimen de la Ley 10.430; desarrollo de alguna de las actividades comprendidas en el artículo 3; título universitario y/o terciario habilitante para la actividad que desarrollan; y que posean todos los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley 10.471.
Por su parte, el ministro de Trabajo bonaerense, Walter Correa, afirmó: "En este Cabildo estamos traccionando un proyecto que no tengo dudas que diputados, senadores, van a articular para que se convierta en Ley; no tengo dudas que el Gobernador y mis compañeros ministros van a accionar para que se aplique".
Para finalizar, se informó que, para realizar la incorporación, se procederá a la conversión del cargo del que fuere titular de los interesados. A su vez, la incorporación automática aludida no se hará efectiva si el agente manifiesta expresamente su voluntad de permanecer en el régimen estatutario en el que se encuentra.