sábado 05 de julio de 2025 - Edición Nº2404

Política | 18 feb 2021

Boletín Oficial

Edesur y Edenor no podrán cortar el servicio por falta de pago

Lo ordenó el ENRE a través de la resolución 37/2021 que se publicó esta mañana en el Boletín Oficial.


El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) ordenó prohibir a las empresas Edesur y Edenor que corten el suministro de energía eléctrica por falta de pago, según se publicó este jueves en el Boletín Oficial.

La medida aplica sobre Consumos No Registrados (CNR) y suspende la “exigencia de pago de notas de débito y liquidaciones complementarias”, como así también ordena “abstenerse de suspender los suministros por falta de pago de estos conceptos”.

A través de la resolución 37/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, la iniciativa fue impulsada como resultado del “incremento notable de los reclamos en la facturación de Edesur y Edenor, que en su gran mayoría se originan en la aplicación de consumos no registrados”. 

La resolución suspende la aplicación de los cargos hasta tanto “se audite la información requerida a las distribuidoras acerca del modo en que se llevan a cabo los procedimientos para la aplicación de CNR”.

“Estos procedimientos deben respetar el derecho de defensa de las personas usuarias y brindarles información adecuada y veraz acerca de los montos que se pretenden cobrar y su procedencia” aclaró el ENRE.

En este sentido, la interventora del ENRE, Soledad Manin, señaló que se “está avanzando con la reglamentación del procedimiento a seguir por parte de Edenor y Edesur para corregir estas desviaciones”. Según Pedro Busetti, titular de DEUCO, son más de 8.000 las denuncias de usuarios residenciales a quienes las distribuidoras les reclamaban “sumas exorbitantes por supuestos consumos no registrados”.

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