En una sentencia que marca un precedente histórico y enciende las alarmas en el Gobierno nacional, la Justicia cordobesa dictó el primer fallo de inconstitucionalidad contra la reciente Ley de Reforma Laboral.
La resolución, firmada por el juez Ricardo Giletta, de la Sala 1 de la Cámara del Trabajo de Córdoba, invalida el artículo 55, una pieza clave de la reforma que buscaba poner un techo a la actualización de deudas en juicios laborales en trámite.
El artículo cuestionado establece un mecanismo de actualización para los juicios que ya estaban en marcha antes de la sanción de la ley. Según el texto oficial, estas deudas deben calcularse mediante una tasa pasiva del BCRA, con un tope de inflación + 3% anual.
En la práctica, este esquema permitía reducir entre un 20% y un 60% el monto final que cobraría un trabajador en comparación con los criterios de actualización previos. El juez Giletta determinó que este artículo es inconstitucional por violar el Principio de Igualdad (Art. 16 CN), al dar un trato diferenciado y perjudicial a quienes ya tenían procesos iniciados frente a los nuevos litigios.
En la causa "Urbano, Mario Alejandro Ceferino c/ A. Giacomelli S.A.", el magistrado sostuvo que los créditos laborales tienen carácter alimentario y gozan de una protección especial que no puede ser vulnerada por mecanismos que licuen su valor real frente a la inflación.