

El Tribunal revocó la decisión de la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires, y resolvió que se deben reimprimir los afiches que exhiben las listas completas de las candidaturas para los establecimientos de votación.
La Junta Electoral, integrada por Alejo Ramos Padilla, Jorge Di Lorenzo e Hilda Kogan, había rechazado previamente la petición de La Libertad Avanza (LLA), la cual tenía un costo de siete millones de pesos.
Sin embargo, el Tribunal consideró que los afiches o carteles son elementos con un contenido genérico e informativo para todo el distrito y que su distribución puede organizarse sin retrotraer actos ya cumplidos ni poner en riesgo la entrega del material electoral esencial, como las urnas y los talonarios BUP.
El Correo incluso informó que es posible la reimpresión y distribución sin entorpecer el despliegue del resto del material necesario para los comicios.
El Código Electoral Nacional prevé que, debido a las limitaciones de espacio en la Boleta Única de Papel (BUP), las listas completas de candidatos y suplentes deben ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria de manera clara y visible (art. 62 bis, inc. 11).
En su decisión, el Tribunal enfatizó que "eI ciudadano debe ser eI centro de Ia atención" y que la autoridad electoral debe procurar que la información refleje la oferta electoral real y vigente al momento de los comicios, garantizando que la voluntad del elector sea clara y sin confusiones.
A diferencia de lo ocurrido con los talonarios de boletas, en el caso de los afiches existe un margen operativo que permite adoptar medidas tendientes a este fin.