miércoles 03 de julio de 2024 - Edición Nº2037

Legislativas | 30 abr 2024

Legislatura bonaerense

La UCR reflota el reclamo por la autonomía municipal

El bloque UCR Cambio Federal presentó una iniciativa que busca modificar parcialmente la Constitución Provincial a fin de alcanzar la autonomía de los municipios. ¿Qué implicancias tendría?


Los senadores bonaerenses del radicalismo volvieron a la carga con un proyecto de Ley para la Constitución Provincial y, así, avanzar en la autonomía municipal. El objetivo es “dar respuesta al reclamo social” y lograr “una mayor descentralización del poder en nuestro sistema federal”.

El proyecto lleva la firma de los legisladores de la UCR + Cambio Federal, Agustín Máspoli, Lorena Mandagarán, Ariel Martínez Bordaisco, Alejandro Cellillo, Flavia Delmonte, Eugenia Gil, y Nerina Neumann Losada.

La iniciativa declara la necesidad de reforma parcial de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, vía enmienda, para asegurar el régimen municipal basado en su autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional.

¿Cuáles son los argumentos?

Para justificar este debate, los senadores pusieron el foco en la importancia de lograr la autonomía municipal, que fue excluida en la reforma de 1994.

En ese marco, Máspoli argumentó que “los municipios históricamente, pero puntualmente desde la pandemia, desarrollaron un rol fundamental en materia de prevención sanitaria, salud pública, seguridad, producción, control de precios, tránsito, entre muchos otros aspectos”.

En sintonía, Bordaisco afirmó que “los municipios son la puerta de entrada de los vecinos al Estado. Por un lado son la primera barrera de contención, pero por el otro, están limitados en su capacidad de respuesta por la falta de herramientas administrativas adecuadas”, agregó.

Una por una, las claves del proyecto

La iniciativa establece que “Se reconoce al municipio como una comunidad natural dotado de Autonomía Plena”. De esta manera, se reconocerían a los mismos como fenómeno social e histórico de la Provincia.

Asimismo, incluye otorgar autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional, lo que habilita a los municipios a dictar sus Cartas Orgánicas Municipales. Así, podrán ejercer su poder constituyente, “y tener normas adecuadas a las necesidades y realidades locales”. 

Respecto a la composición territorial, se plantea seguir con el sistema de “Municipio Partido”, al igual que propone mantener los dos poderes locales: el Legislativo (Concejo Deliberante) y el Ejecutivo (Intendente), con las variables actuales de concejales (entre 6 y 24 según la población).

También dispone que las municipalidades puedan celebrar convenios entré sí o con la provincia y/o constituir organismos intermunicipales, consorcios, cooperativas o sociedades para la realización de obras públicas, prestación de servicios, promoción de la producción y turismo, cooperación técnica financiera o cualquier otra actividad de interés común. 

Por último establece que, como sistema de control, se mantenga la nulidad de los actos municipales emitidos por autoridades que no estén constituidas respetando la Carta Magna y que, en el caso de acefalía, se establezca el llamado inmediato a elecciones.

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