martes 01 de julio de 2025 - Edición Nº2400

Provincia | 28 feb 2024

La Provincia maniobra

ARBA afila la recaudación ante el ataque de Milei

La Agencia de Recaudación reglamentó un artículo de la Ley Impositiva para cobrar un anticipo de Ingresos Brutos y aliviar a las arcas bonaerenses del ajuste de Nación.


Tras la quita de fondos nacionales a la provincia de Buenos Aires, la Agencia de Recaudación Bonaerense (ARBA) maniobró y anunció que cobrarán un pago anticipado adicional de Ingresos Brutos para aliviar a la administración bonaerense.

Se trata de una medida de urgencia para sostener las arcas bonaerenses ante la pérdida del Fondo de Incentivo Docente, el Fondo Compensador del Transporte y el de Fortalecimiento Fiscal, eliminados por el presidente Javier Milei.

A través de la Resolución Normativa 11/24, publicada en el Boletín Oficial, establecieron el anticipo para aquellas empresas que califiquen como grandes contribuyentes y desarrollen una actividad “con un grado de concentración elevado”.

En el informe, el titular de ARBA, Cristian Girard, argumentó que “deviene imperioso contar con herramientas de gestión que le permitan a la Provincia obtener los recursos necesarios para garantizar el funcionamiento del Estado".

¿Cómo será el anticipo?

Para llevar adelante el cobro, ARBA se comprometió a comunicar a cada contribuyente alcanzado por este concepto la obligación de abonarlo, y aclaró que quedan excluidas las asociaciones civiles sin fines de lucro, entre otras entidades.

Quienes deban pagar el tributo deberán hacerlo en una única cuota y con el 8 de marzo como fecha límite. El monto equivaldrá a 4 veces el importe del anticipo de Ingresos Brutos correspondiente a octubre de 2023.

En tanto, para quienes no hubiesen presentado declaración jurada o informado ingresos en ese mes, el adicional se calculará multiplicando por 4 el importe del último anticipo no prescripto, incrementado en un 70%.

Según informaron, las empresas que cumplan con el anticipo se beneficiarán con una reducción de alícuotas en todos los regímenes de recaudación y no se les aplicará ningún incremento de alícuotas en función de categorías representativas de riesgo fiscal por un año, a partir del mes siguiente al pago.

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