domingo 07 de julio de 2024 - Edición Nº2041

Provincia | 29 ene 2024

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ARBA pone bajo la lupa a las embarcaciones de lujo

La Agencia de Recaudación bonaerense advirtió que procederá a secuestrar más de mil embarcaciones de lujo si no se regularizan las deudas impositivas.


La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó el procedimiento para retener embarcaciones de lujo pertenecientes a contribuyentes que registran importantes deudas del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación.

Según detalló el organismo que conduce Cristian Girard, el objetivo es “profundizar los mecanismos de fiscalización con el objetivo de recuperar impuestos impagos y combatir la evasión en sectores de mayor poder adquisitivo, aumentando la equidad tributaria”.

La resolución Nº19-23, determina que ARBA retendrá y secuestrará las embarcaciones cuando tengan una valuación superior a $8.750.000; posean una deuda equivalente al 10% o más de su valuación fiscal, o tengan impagas al menos el 30% de las cuotas vencidas no prescriptas; y se encuentren incluida en el listado oficial.

La norma también incluye aquellas embarcaciones que no estén registradas ante ARBA, cuando se encuentren amarradas, fondeadas o guardadas durante un período de 6 meses o más en jurisdicción bonaerense; y cuando se haya notificado a su titular sobre la falta de inscripción en el tributo.

Según confirmaron, los titulares de las más de 1.400 embarcaciones deportivas publicadas en la web de ARBA adeudan al fisco bonaerense un total de $1.587,5 millones.

 

 

Paso por paso, el procedimiento para secuestrar botes de lujo

Tal como lo reglamentaron, cuando los equipos de fiscalización realicen un operativo y detecten embarcaciones con deuda o no registradas, los titulares podrán acreditar que ya regularizaron su deuda, y las no registradas podrán demostrar que ya fueron inscriptas o no les corresponde dicha obligación.

En caso de que no lo hagan, se procederá a la retención temporal de la embarcación, que quedará amarrada o guardada en el mismo lugar en que se encuentre.

Para recuperarla, quienes tengan deuda deberán cancelarla en su totalidad o en un 50%, comprometiéndose en ese caso a abonar el resto en un plazo de 10 días hábiles, y firmando a tal fin un acta de compromiso de pago.

En cuanto a las no registradas, los propietarios tendrán que inscribirla en jurisdicción bonaerense o efectuar un cambio de radicación. También se les ofrecerá firmar un compromiso que les dará un período de 10 días hábiles para realizar el trámite.

Una vez que el contribuyente cumpla con el pago de su deuda o efectúe el trámite para registrar debidamente la embarcación, podrá solicitar al juez actuante el levantamiento de la medida de secuestro.

En aquellos casos en que no se regularice la situación fiscal en el plazo establecido, ARBA emitirá título ejecutivo e iniciará el juicio de apremio pertinente a través de la Fiscalía de Estado, para garantizar el cobro de la obligación tributaria.

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