sábado 29 de junio de 2024 - Edición Nº2033

Política | 31 ago 2023

Boletín oficial

Suma fija: ¿Cuáles son los detalles de la medida?

El Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial los alcances del bono para los trabajadores que lanzó el ministro de Economía Sergio Massa.


Tras varios días de repercusiones por las medidas económicas del ministro Sergio Massa, el Gobierno nacional oficializó a través del Decreto 438/2023 la suma fija de $60.000 en dos tramos para los trabajadores. 

La normativa indica que “resulta necesaria la implementación de un aumento de los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, público y de casas particulares, el cual permitirá mitigar la caída en los salarios reales hasta que la negociación colectiva consiga recuperar el poder adquisitivo perdido por la aceleración inflacionaria inesperada”.

Asimismo, señala que “para que la política de ingresos planteada no afecte la dinámica de la negociación colectiva, los acuerdos paritarios podrán absorber a la asignación no remunerativa con los aumentos salariales pactados”.

Además, enviaron un mensaje a las cámaras empresarias al solicitar que “se pronuncien mediante sendas resoluciones y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso. Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes han tomado la intervención que les compete”.

Los principales puntos de la medida: 

Entre otros puntos, el decreto destaca que la suma fijase aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, inferiores a $400.000. 

Asimismo, establece que “cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y las trabajadoras percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable”.

Entre los sectores favorecidos por el bono de $60.000 en dos cuotas de $30.000, se encuentran los trabajadores en relación de dependencia tanto del sector privado como en las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo Nacional de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

En tanto, para las trabajadoras de casas particulares, el monto es de $25.000 y será abonada por los empleadores en dos cuotas de $12.500 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.

Las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Fondo Nacional de Empleo, y al Régimen de Asignaciones Familiares. 

¿En qué casos interviene el Estado?

Aquellos empleadores de empleados de casas particulares que no paguen el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y que hayan percibido ingresos netos en agosto por un monto inferior a $1.500.000, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de la suma fija.

Por último, el beneficio para las micro y pequeñas empresas será compensado con recursos del Tesoro Nacional “con el fin de no afectar el financiamiento de la seguridad social ni el cálculo correspondiente a la movilidad previsional”.

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