

Este miércoles, el Boletín Oficial estuvo encabezado por la promulgación de una serie de leyes que habían pasado por el Congreso semanas atrás, entre ellas, la conocida como Ley de “Alcohol Cero” o “Tolerancia Cero” de alcohol al volante.
La norma establece una modificación en el artículo 1 de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 y reduce la tolerancia a 0 g/l de alcohol en sangre para conducir vehículos. Recordemos que, antes se establecía una tolerancia de hasta 0,5 g/l de alcohol para cualquier tipo de vehículo y de 0,2 g/l al manejar motos y ciclomotores.
"Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir", subraya el Boletín Oficial.
Y agrega que queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario”.
Vale mencionar que la ley se aplicará en todas las rutas nacionales y en el caso de Chubut, la tolerancia cero ya estaba vigente en todo el territorio. Además, paulatinamente las localidades fueron adhiriendo a le legislación.