

El Gobierno provincial promulgó la ley N° 15.402 de Alcohol Cero, que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de todo tipo de vehículos que circulen en el territorio bonaerense.
La normativa publicada en el Boletín Oficial establece que "tiene por objeto preservar la salud, la vida y la seguridad de quienes transiten el territorio provincial; reducir la mortalidad y la morbilidad derivadas de la siniestralidad vial.”
"Las normas que fijan las pautas de circulación y las que establecen los límites legales de alcohol en sangre y de cualquier sustancia que disminuya las condiciones para la conducción, integran las políticas públicas de seguridad vial", indica el documento.
Asimismo se les prohibirá conducir a quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias capaces de disminuir la aptitud para conducir.
¿Cuáles son las sanciones?
La nueva Ley contempla penalidades como retención de la licencia e inhabilitación para manejar, arresto, multas y obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. Las sanciones tienen diferentes grados de aplicación de acuerdo a los niveles de alcohol en sangre detectados.
De este modo, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar. Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses.
En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre. Por último, quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.
Vale destacar que durante el primer año de vigencia de la Ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación.