En el marco de la política que busca revertir la situación de hacinamiento que prima en cárceles de la Provincia, el procurador general de la Suprema Corte bonaerense, Julio Conte Grand, relevó a los fiscales de la Provincia de la obligación de apelar las medidas de excarcelación o que rechacen un pedido de prisión.
La medida quedó expuesta en la resolución 56/2020 de la Procuración, que deja sin efecto dos normas previas, de 2005 y 2005, en las cuales se establecía la obligatoriedad de las apelaciones.
A contraluz, se ordena a los fiscales “analizar en cada caso en particular” si las medidas para restringir la libertad que dicte un juez deben ser apelas o no serlo.
“Los fiscales deberán analizar en cada caso particular la pertinencia de articular instrumentos recursivos respecto de decisiones jurisdiccionales que rechacen o dejen sin efecto medidas coercitivas”, explicó Conte Grand.
En ese sentido aclaró que ello debe hacerse “con legitimación plena en defensa de los intereses de la sociedad y en resguardo de la vigencia equilibrada de los valores jurídicos”.