El Gobierno bonaerense oficializó la reglamentación de la Ley 14.701, que crea el registro público de administradores de consorcios de propiedad horizontal de la provincia de Buenos Aires.
La reglamentación se hizo mediante el Decreto 1734, con las firmas del gobernador Axel Kicillof, del jefe de Gabinete, Martín Insaurralde, y de los ministros de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, y de Hacienda y Finanzas, Pablo Lopez.
La norma dispone que se deje sin efecto la facultad de controlar el registro público de administradores de consorcios que tiene la dirección de Defensa de los consumidores y usuarios que se encuentra dentro del Ministerio de Producción, que conduce Augusto Costa.
Cabe mencionar que la ley fue sancionada en 2015 por la Legislatura bonaerense, mediante un proyecto impulsado por el exjefe de los senadores de Juntos por el Cambio, Roberto Costa.
Funcionalidad del Decreto
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, será la autoridad encargada de aplicar la normativa, y deberá organizar y controlar el registro público de administradores de consorcios de propiedad horizontal.
Por otro lado, llevará adelante los procedimientos de inspección, comprobación y juzgamiento de las infracciones previstas, y articular su actuación en lo atinente al procedimiento administrativo, en cuestiones relativas a la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios
Asimismo, la unidad de coordinación del registro público de administradores estará a cargo de un responsable ejecutivo con rango y remuneración equivalente a director.