jueves 28 de marzo de 2024 - Edición Nº1940

Política | 20 oct 2020

Boletín Oficial

El Gobierno oficializó la suba del Salario Mínimo, Vital y Móvil

El aumento se dará en tres tramos. También, se confirmó la suba de los montos mínimos, 6 mil pesos y máximos, 10 mil pesos de las prestaciones por desempleo.


 

El gobierno de Alberto Fernández oficializó este martes el aumento en tres tramos del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que en marzo próximo llegará a los 21.600 pesos.

 

Mediante la Resolución 4-2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, firmada por su titular, Claudio Moroni y publicada en el Boletín Oficial, se estableció así el incremento que alcanza a todos los empleados que se encuentren bajo el régimen de la ley de Contrato de Trabajo.

 

Asimismo, según el cronograma oficial, a partir del primero de este mes, el sueldo mínimo, vital y móvil será de $18.900 para aquellos que cumplan una jornada laboral completa y de $94,50 para los jornaleros; desde el 1 de diciembre, esas sumas pasarán a ser de 20.587,50 y 102,94 pesos, respectivamente.

 

La suba se completará a partir del primero de marzo del 2021, cuando el salario mínimo por mes para los trabajadores de tiempo completo se fijará en $21.600 y el de los jornalizados, en 108 pesos por hora.

 

Por otra parte, el Poder Ejecutivo también confirmó una actualización de los montos mínimo y máximo de las prestaciones por desempleo, los cuales desde este lunes son de 6.000 y 10.000 pesos, respectivamente.

 

La propuesta de estos aumentos fue analizada la semana pasada por el sector empresarial, junto a dos de las centrales obreras y al Ministerio de Trabajo durante la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, presidido por Moroni, que deliberó de manera virtual ante la pandemia del Covid-19 en el país.

 

El Gobierno hizo referencia a esa reunión, realizada el miércoles pasado, y de la que participaron representantes "tanto del sector empleador como del sector trabajador".

 

En este sentido, se remarcó que el salario mínimo debe ser definido por ese Consejo Nacional, "teniendo en cuenta los datos de la situación socioeconómica, los objetivos del instituto y la razonabilidad de la adecuación entre ambos".

 

Para finalizar, la ley establece que este ingreso básico "debe asegurar alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión", un objetivo que con los años se fue desdibujando porque se transformó sólo en un valor de referencia.

 

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